Toda la información que necesitas saber sobre el equipaje que puedes llevar con Wamos Air, además del equipaje no permitido e información sobre incidencias con el equipaje.
Con Wamos Air, en vuelos operados con B747, podrás facturar hasta 40 kg de equipaje en clase turista y 60 kg en clase Business además de poder llevar tu equipo de golf sin coste alguno. En los vuelos operados con A330, la franquicia de equipaje será de 23 kg. en clase turista y 60 kg. en clase Business.
Debes tener en cuenta que el peso máximo admisible por bulto es de 32 kg, en base a las normativas de salud y seguridad laboral de los diversos aeropuertos y agentes que manejan el equipajes. Si cualquier bulto supera dicho peso, deberás distribuir el peso en maletas adicionales.
Los bebés de hasta 2 años (INF) que viajan sin asiento disponen de una franquicia de una pieza de equipaje de 20 kg más una cuna o silla de bebé totalmente plegable.
Si deseas equipaje adicional a tu franquicia gratuita reserva ya el servicio "Equipaje adicional" en esta web durante tu proceso de reserva o en la sección “Gestión de reservas” en caso de que ya haya finalizado tu compra. Te recordamos que también puedes llamar a nuestro Call Center 912181539, de lunes a viernes de 9.00 a 20.00 horas y los sábados de 10.00 a 18.00 horas.
*1 maleta adicional de hasta 23 kg
*1 maleta adicional de hasta 32 kg
En caso de excederse en la franquicia de equipaje contratada deberás abonar 10€/kg adicional hasta un máximo de 80 kg de equipaje total por pasajero.
Contáctanos para informarte de todas nuestras ofertas y resolveremos encantados todas tus dudas.
Puedes llevarlo como equipaje de mano siempre que no supere el peso máximo de 8 kg en función del espacio disponible.
Las guitarras, violonchelos e instrumentos musicales de similares dimensiones deberán facturarse en el mostrador de facturación y viajarán en la bodega del avión.
Si quieres llevar en la cabina del avión su guitarra, violonchelo o instrumento de similares dimensiones deberás, obligatoriamente, comprar un asiento adicional para transportarlos.
Por razones de seguridad, existe una serie de objetos que están prohibidos en la cabina de una aeronave. Por lo tanto, deben ser facturados como equipaje de bodega (siempre y cuando no esté prohibido también su transporte en la bodega de la aeronave). Entre estos objetos prohibidos se encuentran:
El personal de seguridad podrá denegar el acceso a la zona de embarque y a la cabina de una aeronave si estuvieras en posesión de un artículo que aún no considerándose prohibido suscite su recelo.
Aunque pueda sorprenderte, algunos productos, aparentemente inofensivos, pueden resultar peligrosos a bordo de un avión si se incluyen dentro del equipaje, debido por ejemplo a variaciones de temperatura y presión, y el propio movimiento de la aeronave. Por ello, en tu equipaje no debes llevar, por ejemplo, los siguientes productos:
La lista de artículos prohibidos está disponible por parte del Aeropuerto en los mostradores de facturación.
A continuación puedes encontrar varios enlaces con información exhaustiva de los artículos prohibidos o restringidos para su transporte como equipaje de mano y/o como equipaje facturado.
¡RECUERDA!
Los dispositivos electrónicos que se transporten en el equipaje facturado deben estar completamente apagados.
Podrás utilizar los dispositivos electrónicos expuestos en el apartado anterior activando el MODO AVIÓN. En caso de duda, consulta a nuestra tripulación.
Siguiendo las Regulaciones existentes sobre el transporte de Baterías de Litio y ciertos dispositivos electrónicos (Power Banks, Drones, Cigarrillos Electrónicos, Dispositivos Médicos, etc.) así como las Recomendaciones de IATA, hay ciertos artículos cuyo transporte está prohibido, o sujeto a condiciones especiales. Puedes consultar cuáles son y qué limitaciones tienen a través del siguiente enlace:
¡Colaboremos todos por un vuelo más seguro!
La Compañía no se responsabilizará de los posibles daños que puedan sufrir objetos facturados frágiles (botellas de cristal, cuadros, artesanía, objetos delicados, etc.), perecederos, dinero en metálico, divisas, joyas, obras de arte, metales preciosos, platería, título u otros objetos de valor, prendas costosas, aparatos ópticos y/o electrónicos, cámaras de todo tipo, instrumentos musicales, cajas de herramientas, documentos empresariales, valores negociables, muestras y acciones, pasaportes y otros documentos, cualquier objeto de valor, equipos deportivos mal empaquetados, más allá de los límites establecidos legalmente. El pasajero podrá acogerse a un límite de responsabilidad más elevado efectuando una declaración especial, a más tardar en el momento de facturar, y abonando una tarifa suplementaria.
Si quieres facturar en cualquier vuelo de Wamos Air un equipaje sobre el cual quieres hacer una declaración de valor especial, deberás proceder de acuerdo a las siguientes normas:
Te recordamos por tanto que es fundamental, que en caso de incidencia de equipaje facturado (extravío, demora de entrega o deterioro), el pasajero inmediatamente y antes de abandonar la sala de retirada de equipajes del aeropuerto, momento en que retomas la custodia de tu equipaje, acudas al mostrador de Incidencias en dicha sala, para formular por escrito en ese momento la protesta correspondiente, debiéndose cumplimentar el impreso denominado Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR), requisito necesario para hacer constar la incidencia ocurrida y sea posible la tramitación de la incidencia por parte de la Compañía aérea.
De no formalizarse dicho PIR, la compañía no podrá asumir ninguna responsabilidad frente al equipaje de conformidad con lo establecido en el art. 31.1 del Convenio para la Unificación de ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional hecho en Montreal el día 28 de mayo de 1999 y el art. 3.1 del Reglamento (CE) nº 2027/97 del Consejo de 9 de octubre de 1997.
Con Wamos Air se pueden facturar bicicletas, palos de golf, tablas de snowboard, tablas de surf o de windsurf, sujeto a algunas consideraciones.
Aprovecha y viaja con todos tus complementos, a diferencia de nuestros competidores te ofrecemos incluir muchos de ellos gratuitamente en tu franquicia de equipaje.
Ten en cuenta que en los Términos y Condiciones Generales en el apartado de Equipaje, se establece que la compañía tiene potestad para aceptar o rechazar un bulto por razón de su peso, configuración o tamaño.
¡Llama ahora y reserva tu espacio!
Puedes llevar tu bicicleta en el avión. Recuerda que deben ser de un solo asiento y sin motor, y deberán estar preparadas para ser facturada como equipaje en bodega, y siempre dentro de un embalaje. Para transportarlas, deben facturarse plegadas, con los manillares fijados a sus costados, los pedales quitados y las ruedas desinfladas y correctamente embaladas.
Se tratarán siempre como exceso de equipaje con una tarifa fija de 75 EUR por trayecto, abonable exclusivamente en el aeropuerto, independientemente del destino.
El equipo de esquí en nieve se compone de un par de esquís o motoesquí o tabla de snowboard, un par de bastones y un par de botas. El de esquí náutico consta de un par de esquís acuáticos tamaño estándar o un esquí acuático de slalom.
Forma parte de la franquicia gratuita del cliente siempre y cuando no exceda la franquicia autorizada. Sólo deberás pagar algún cargo en el caso de que exceda la franquicia del pasajero.
Se define como equipo de golf el que esté compuesto por una bolsa que contenga un máximo de 14 palos, una docena de pelotas y un par de zapatos de golf. Recuerda que siempre debe ir dentro de la bolsa. Forma parte de la franquicia gratuita del cliente siempre y cuando no exceda la franquicia autorizada. Sólo deberás pagar algún cargo en el caso de que exceda la franquicia del pasajero.
El equipo de "surf" se compone, exclusivamente, de una tabla. El de "wind-surfing" consta de tabla, botavara, orza, mástil y vela. Finalmente el equipo de "kite-surfing" se compone de cometa, barra de dirección, tabla y cuerdas.
Deberás hacer una reserva de espacio con un mínimo de 48 horas anteriores a la facturación. Recuerda además, que es conveniente presentarse en el aeropuerto para la facturación de equipaje con el máximo de antelación permitida.
Estos equipos serán facturados siempre como exceso de equipaje, independientemente de la franquicia de equipaje a la que el pasajero tenga derecho. Se tratarán siempre como exceso de equipaje con una tarifa fija de 150 EUR abonable exclusivamente en el aeropuerto, independientemente del destino.